Crematorios.cl

Si una persona desea ser incinerada al momento de su muerte, deberá manifestarlo en vida a sus seres queridos, dejándolo, a su vez, estipulado en un documento legalizado ante un notario público. Esto hace referencia al tema principal que envuelve a todos los procedimientos postmortem que deben realizar los familiares, en cualquier tipo de rito funerario: respetar y hacer valer la voluntad del fallecido.
Al momento de enfrentar la muerte de un ser querido, se debe tener presente que, para poder realizar una cremación, es indispensable la Autorización del Servicio Nacional de Salud, la que se concede siempre que se cuente con los siguientes documentos:
• Manifestación de Voluntad, por escrito y legalizada ante notario, realizada en vida por la persona fallecida o bien por sus familiares directos.
• Cédula Nacional de Identidad del Solicitante. En caso de tratarse de un menor de edad, deberán autorizarlo ambos padres o los ascendientes de grado más próximo en caso de que los padres figurasen fallecidos.
• Certificado Médico de Defunción, emitido por el facultativo que constata el fallecimiento, ya sea en clínica, hospital o domicilio.
• Autorización o Pase de Sepultación, otorgada por el Registro Civil correspondiente a la comuna del fallecido (sábados, domingos y festivos deberán concurrir a Huérfanos # 1570 Oficina Integral de Defunciones del mismo servicio). Pero debe tener en cuenta que para obener este pase de sepultación, debe presentarse con el certificado de defunción.
• Autorización Judicial, sólo si el fallecimiento ocurrió por accidente o por causas que hicieran suponer algún grado de delito. Cualquier duda debe comunicarse con Carabineros de Chile.
Una vez que haya recopilado todos estos documentos, deberá dirigirse al cementerio o crematorio que más le convenga, para poder finalizar todos los detalles y proceder con la cremación solicitada. Al momento de retirar las cenizas, se le pedirá al solicitante que firme un acta que acredite la recepción de las mismas.